CEM: No corresponde a la SCJN "crear nuevas formas de matrimonio"
El Sol de México 7 Nacional - Martha Elva González


Ciudad de México.- No corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) "crear nuevas formas de matrimonio", "se olvida del espíritu del Constituyente" que reconoce la igualdad del varón y la mujer "y establece el deber legal de proteger el desarrollo y organización de la familia", responde la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM), por escrito, a la sentencia que considera "discriminatorio precisar en la Ley, que el matrimonio es entre 'un hombre y una mujer' ".

En documento de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) leído durante la conferencia conjunta con el Episcopado de los Estados Unidos, consignan que, "como ciudadanos, consideramos que la sentencia de la SCJN, además de romper con esta sólida tradición jurídica y el bien social que custodia, contraviene los principios del federalismo y la razón de ser de los diversos Códigos Civiles.

"Códigos que pretenden responder a la realidad concreta de cada entidad y su pluralidad, lo que debe reflejarse en las acciones de los jueces y todos los seres humanos, por el hecho de serlo, tenemos dignidad y derechos.

"Y dado que toda persona es idéntica a sí misma y diferente a las demás, han de derivarse tratos variados según esas diferencias, Con esta convicción, la 'Iglesia sostiene que el matrimonio solo puede celebrarse entre un hombre y una mujer' y defiende este valor para el bien de las personas y de toda la sociedad.

"La discriminación es una distinción injustificada, que en este caso no se da, ya que el matrimonio siempre ha sido entre personas de diferente sexo, hombre y mujer.

"No corresponde a la SCJN crear nuevas formas de matrimonio, porque ya no sería matrimonio, sino otro tipo de unión, en el caso que nos ocupa, sí se justifica la distinción, como la hay, por ejemplo, al no permitir el voto a un menor de edad o a un extranjero, ya que no atenta contra sus derechos políticos, sino salvaguarda la nación.

"Si bien valoramos que nadie deba ser objeto de discriminación, tal como lo consigna el Artículo Primero Constitucional, esto no significa que deba modificarse la esencia del matrimonio, ni que se olvide el espíritu del Constituyente
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